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Código Procesal Penal Artículo 34 ter Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Córdoba
Artículo 34 ter. Excepción: Jurisdicción en Colegio

No obstante lo previsto en el artículo anterior, la jurisdicción será ejercida en forma colegiada en los siguientes supuestos:

1º) Cuando se tratare de causas complejas, a criterio del Tribunal, conforme a lo previsto en el Artículo 361, segunda parte.

2º) Si la defensa del imputado se opusiere al ejercicio unipersonal de la jurisdicción, a tenor de lo establecido en el Artículo 361 segunda parte in fine.

3º) En los casos en que se hubiere dispuesto la integración con Jurados, de acuerdo a los Artículos 361 y 369.

4º) En ejercicio de la competencia atribuida a la Cámara de Acusación, en las circunscripciones judiciales donde estos Tribunales no se hubieren establecido.



Provincia de Córdoba Artículo 34 ter Código Procesal Penal
Artículo 1 ...34 34 bis 34 ter 34 quater 35 ...560

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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